La presente Ley es de orden público e interés social y sus disposiciones son de observancia
general y obligatoria en todo el territorio nacional,
Esta Ley tiene por objeto fijar y desarrollar
las bases de la política industrial en el ámbito del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad,
a través de las actividades de normalización, estandarización, acreditación, evaluación
de la conformidad y metrología, promoviendo el desarrollo
económico y la
calidad en la producción de bienes y servicios, a fin de ampliar la capacidad productiva y el mejoramiento continuo
en las cadenas
de valor, fomentar el comercio internacional y proteger los objetivos legítimos de interés público previstos en este ordenamiento.